LOS EMPLEADOS MUNICIPALES ESTUVIERON EN «ESTADO ASAMBLEARIO» Y PREPARANDOSE PÁRA LO QUE VENDRÁ «UNA MUY DURA PARITARIA CON EL GOBIERNO COMUNAL»
En la mañana de ayer en “Quien quiera oír que oiga” entrevistamos al Secretario General del Gremio ATE en nuestra ciudad, Miguel Mossi.
Los trabajadores municipales estuvieron hasta el día de hoy en estado asambleario, y por eso fue que decidimos llamar a Miguel Mossi, a los fines de que nos de detalles de esta cuestión: “Nosotros por la decisión de nuestra central de Trabajadores y por ATE, que se resolvió parar por hoy (ayer) y mañana (hoy) parar por 48 hs., adherimos pero con asambleas permanentes, estamos en estado de alerta y asamblea permanente”
Al preguntarle a Miguel por cómo está el ánimo de los trabajadores municipales en la actualidad, esto nos respondió: “Preocupados, preocupados por todo lo que estamos viendo de cómo está el gobierno plantado de no pasar el techo del 15 % como remuneración salarial para este año, entonces estamos bastante preocupados porque un 15 % en cuotas no nos sirve, porque no nos alcanza”
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Artículo 24º: Lo sueldos básicos del Personal Superior y Jerárquico (Hasta
Directo General inclusive) para el mes de enero de 2017 serán las
siguientes:
Categoría Sueldo Básico:
Secretario General: $ 48.081,25=.-
Secretario: $ 41.682,30=.-
Secretario del HCD: $ 41.682,30=.-
Secretario Privado: $ 41.682,30=.-
Director Médico Hospital: $ 41.682,30=
Director Administrativo Hospital: $ 41.682,30=.-
Contador Hospital: $ 41.682,30=.-
Contador Municipal: $ 33.502,75=.-
Sub Contador: $ 31.088,16=.-
Tesorero: $ 31.807,96=.-
Sub Tesorero: $ 21.127,87=
Jefe de Compras: $ 29.950,54=.-
Asesor Letrado: $ 32.272,28=.-
Delegados Municipales: $ 20.222,55=.-
Director General: $ 33.019,89=.-
Pro Secretario legislativo: $ 33.019,89=.-
Pro Secretario HCD: $ 33.019,89=.-
Juez de Faltas Municipal: $ 41.682,30=.-
Subsecretario: $ 37.893,01=.-
Artículo 25º: Fíjese el importe a abonar al señor Intendente Municipal en
concepto de gastos de representación, en una suma de pesos equivalente al
treinta por ciento (30 %) de su remuneración.
Artículo 27º: El Personal Superior, Jerárquico, Profesional, Técnico, Jefes
de Departamento, Jefes de División y Delegados Municipales,
escalafonados, o no, que por razones de servicios, deban extender su
jornada de trabajo en forma habitual, podrá percibir mensualmente una
bonificación por “Dedicación Exclusiva” de hasta un treinta por ciento (30
%) de su sueldo básico, quedando excluido el titular del Departamento
Ejecutivo. Los Agentes alcanzados por el presente beneficio no tendrán
derecho a retribución por horas extras. El Departamento Ejecutivo
establecerá los porcentajes para el pago de la presente bonificación en los
casos que correspondan.
Esta bonificación se podrá abonar al personal comprendido dentro de la
planta permanente y al excluido del estatuto del Personal Municipal (Art.
47º de la Ley Nº 14.656).-
Artículo 31º: El Personal Superior, Jerárquico, Profesional, excluidos
conforme al Art. 47 de la Ley 14.656 y técnico, escalafonado o no, que, por
la índole de sus funciones, deba ser gratificado con una compensación
especial de carácter mensual, podrá percibir una “Bonificación por
Función” de hasta el cincuenta por ciento (50 %) del sueldo básico con mas
las antigüedad, excluido el titular del Departamento Ejecutivo.
El Departamento Ejecutivo, mediante acto administrativo, establecerá los
porcentajes para le pago de esta bonificación en los casos que estime
corresponda.
Artículo 33º: Establecese para todos los agentes Municipales de Planta
Permanente hasta la categoría 12 inclusive y Personal contratado, una
bonificación no remunerativa en concepto de “Premio por asistencia y
puntualidad”. Quedan excluidos de la presente Bonificación el Intendente
Municipal, los Secretarios de los Departamentos Ejecutivo y Deliberativo,
los Subsecretarios, el Secretario Privado del Intendente Municipal, los
Concejales, los directores Generales, el Asesor Letrado, el Cuerpo de
Asesores, el tesorero Municipal, el Contador Municipal, el Jefe de
Compras, Sub Tesorero, Sub Contador, contador del Hospital, los Médicos
que prestan servicio en el Hospital Municipal y Salas periféricas, el
Personal temporario con contratos inferiores a 30 hs semanales, Personal
que realice actividades turísticas y culturales y todos aquellos agentes que
perciban dedicación exclusiva.
QUE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA SE LES BAJE 50% DE SU SUELTO, ESTAN MUY DESFASADOS, EL PUEBLO QUERE EQUIDAD, BASTA DE FORREAR A LA GENTE, 50% MENOS EN FUNCIONARIOS PUBLICOS YA!!!!!!!!!!!